La salud, una justa reclamación de los
maestros en este paro
Desde la creación de
la ley 91 de 1989, hace ya 28 años, se
acordó con el gobierno nacional un modelo de salud para el magisterio con las
siguientes características: - El
aseguramiento (un pago mensual que se realiza por nómina a cambio de un
plan de beneficios); - La
intermediación financiera (un valor que las entidades de salud se aseguran
de entrada por solo administrar el contrato); - La integración vertical (contratar los servicios con sus mismas
entidades); además de que cada dos o
cuatro años se definiría en el Consejo del Fondo Nacional de Prestaciones del
Magisterio los términos del contrato que son en últimas el POS (Plan
Obligatorio en Salud) que están contenidos en una serie de documentos
denominados anexos, apéndices y adendas, entre otros, y que a través de una Fiducia se contratarían
los servicios de salud y ésta misma realizaría el control o auditoria.
Lentamente el modelo
del magisterio, de la mano de la crisis del régimen general de seguridad social
de la ley 100 de 1993, de la falta de auditorías reales por parte de la
Fiduciaria La Previsora, de un eficaz manual de sanciones y de algunos
intereses por el monto importante de recursos que ascienden a 5.2 billones de
pesos, han llevado el modelo hasta el agotamiento, tanto es así que desde el
Quindío se han tramitado más de 2700 quejas; a la entidad le impusieron una multa superior
a los mil millones de pesos, la Contraloría General de la República le produjo
un informe de hallazgos, una función de advertencia que terminó en la conclusión de que persistía el
incumplimiento del contrato; elementos suficientes para producir su caducidad, pero el asunto no pasó de ser
más que anecdótico. Hoy estamos a la
espera de que la acción popular que el Tribunal Administrativo del Quindío falló
a favor de los maestros y en contra de la entidad de salud, sea definida en
última instancia por el Consejo de Estado, que al
parecer será sobre hechos cumplidos, es decir da la sensación de que todo está
concertado para que funcione a favor de los prestadores.
La actual
licitación y contrato que se va adjudicar ya en el mes de septiembre es
regresivo en varios aspectos: a). Restringe la intervención de los sindicatos
regionales, b). No incluye la totalidad de los derechos en la patología del
cáncer (ley
1384 de 2010 – Ley Sandra Ceballos-), c). Introduce de forma concreta el
TRIAGE para el Magisterio, d). Calarcá pasa de ser sede tipo C a D, e). Elimina
la prohibición de los comités técnicos científicos para la entrega de
medicamentos, f). Aumentan los días para
acceder a: medicina general, odontología, medicina interna, cirugía general,
pediatría, entre otras y algunas especialidades como urología pasa de cinco a diez días, g). Incrementa los tiempos para
la dispensación de medicamentos, h). No
establece los aspectos de promoción y prevención de los accidentes de trabajo y
la enfermedad laboral, ni los COPASST, h). No desarrolla el decreto 1655 de
2015 – Sobre la salud laboral docente, i). No define los tiempos para la resolución
de las quejas, h). No concreta como operara la figura del defensor del usuario
acordado en el 2015, entre otros aspectos.
Resulta por lo tanto muy exigente que el actual paro y la
licitación en marcha vayan a solucionar el problema de salud, que es de orden
estructural, lo que si permite esta coyuntura es plantear que los maestros
estamos en mora de abrir una discusión amplia y franca de qué tipo de salud
podemos conquistar, pero esto pasa por vincular a esta lucha la exigencia de incrementar los recursos para la financiación
de la educación, la reforma al sistema general de participaciones y reorientar los recursos que van a quedar
liberados de la guerra gracias al proceso de paz, para la inversión social en salud y educación.
Armenia mayo de 2017
HÉCTOR E LEAL A. ROSSI GONZÁLEZ M. WILLIAM RUBIO LÓPEZ
Presidente Secretaria Vocal
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