Las deficiencias en la prestación del
derecho a la salud del Magisterio Quindiano - Febrero – abril de 2017
Cuando
nos referimos a la crisis de salud del magisterio parece un asunto de lugares
comunes, de mal de muchos, de un hecho que no es nuevo, algo endémico que hace parte
de nuestra vida y cuya solución no se avizora, una especie de destino
inexorable; ésto por cuanto no hemos logrado, quienes nos hemos dedicado hace
varios años a denunciar, informar,
arriesgar, capacitar, a ir y venir, hacer
y decir; sin encontrar eco en los maestros, los sindicatos, el
gobierno y los organismos de control, un
autismo casi absoluto; pero mientras la soledad avanza el sistema se hace
precisamente más caótico, es una regla proporcional entre menos control
ciudadano más caos, es decir más enfermedad.
El
sistema de salud del magisterio padece en su construcción de un esquema de
aseguramiento (un pago mensual que se realiza por nómina a cambio de un plan de
beneficios), la intermediación
financiera (un valor que las entidades de salud se aseguran de entrada por solo
administrar el sistema), la integración vertical (control de la cadena de la
enfermedad un “yo con yo”) una ausencia eficaz de auditoría y control, unida
además a una disputa por quedarse con los contratos de salud, que ha ocasionado
que a más de un año de haberse terminado el contrato actual, aun o exista un operador definitivo, claro que
no se sabe cuál será mejor si la cura o la enfermedad, pues la nueva contratación es regresiva en
varios aspectos.
El
artículo 2 de la ley 1751 de 2015, avanza notoriamente al considerar a la salud
como un derecho colectivo; si bien la afectación es individual, hoy la salud de los maestros, debe abordarse
desde una perspectiva colectiva, pues solo desde acciones amplias es posible
lograr una mejoría del derecho para todos.
La
entidad Unión Temporal Magisterio Región 4 es la entidad que licitó, pero
COSMITET LTDA es la que ejecuta dicho contrato en los departamentos de Quindío,
Caldas y Risaralda, entidad que ha sido objeto de mayo de 2012 a diciembre de
2017 de más de 2.300 quejas por deficiencias en la prestación del derecho a la
salud, una función de advertencia de la Contraloría General de la República y
la UT de la que hace parte de una multa millonaria impuesta por el Ministerio
de Educación Nacional, precisamente por quejas del departamento del Quindío.
Equipo
docente en salud, ha tramitado desde febrero a abril de 2017, un número
importante de quejas[1]
referidas a deficiencias en la prestación del derecho a la salud que asciende a
211 y que se pueden visualizar en la siguiente tabla:
Ítem
|
PQR - Febrero
|
PQR - Marzo
|
PQR - Abril
|
Total
|
%
|
Medicamentos
|
33
|
17
|
49
|
99
|
47,1
|
Largas esperas en la fila para la dispensación de medicamentos
|
13
|
4
|
4
|
21
|
10,0
|
Dermatología
|
1
|
|
|
1
|
0,5
|
Otorrinolaringología
|
1
|
|
1
|
2
|
1,0
|
Pediatría
|
2
|
1
|
|
3
|
1,4
|
Gastropediatría
|
2
|
|
|
2
|
1,0
|
Gastroenterología
|
1
|
|
|
1
|
0,5
|
Cirujano gástrico
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Oftalmología
|
|
1
|
1
|
2
|
1,0%
|
Ortopedia
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Psicología
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Psiquiatría
|
4
|
2
|
1
|
7
|
3,3%
|
Neumólogo
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Cirujano de cuello
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Fisiatría
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Electrofisiólogo
|
|
1
|
1
|
2
|
1,0%
|
Medicina Familiar
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Odontología
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Exagerados requisitos para el reembolso
|
|
|
2
|
2
|
1,0%
|
Biopsia con trucut
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Biopsia
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Procedimiento UCI
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Programación de cirugía
|
2
|
|
1
|
3
|
1,4%
|
Lentes
|
6
|
1
|
|
7
|
3,3%
|
Radiografía
|
2
|
|
|
2
|
1,0%
|
Endoscopia gástrica
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Incumplimiento órdenes de tutela
|
5
|
1
|
2
|
8
|
3,8%
|
Clínica del café
|
3
|
4
|
1
|
8
|
3,8%
|
Insumos ortopedia
|
2
|
|
|
2
|
1,0%
|
Desactivación
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Fallas en el sistema informático
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Libre elección del prestador
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Calzado ortopédico
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Cobro de COPAGOS
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Deficiente call center
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Reembolso
|
|
3
|
3
|
6
|
2,9%
|
Priorización de usuarios
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Clínica Rey David
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Dificultades diagnóstico CA
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Servicio fuera de la región
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Estroboscopia laríngea
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Atención despersonalizada
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Resonancia M.
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Examen especializado
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Hidroterapia
|
1
|
2
|
|
3
|
1,4%
|
Polisognografía
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Atención integral
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Modificación de la Red
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Citas prioritarias
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
TOTAL
|
85
|
49
|
77
|
211
|
100
|
Del
consolidado de quejas es posible extraer algunas conclusiones:
a). La principal deficiencia que
refirieron los quejosos fue el tema de la no dispensación de medicamentos
recetados por primera vez, de control, por los servicios de consulta externa, urgencias
y prioritaria, que representan el 47, 1%, que unido a lo relacionado con los
tiempos de espera con un 10%, asciende a un total de 57,1%.
Si
bien el afiliado acude al diagnóstico oportuno, su recuperación se ve truncada
por la falta de entrega de medicamentos de forma completa y a tiempo, inclusive
en casos no se dispensan, es decir no se da el tratamiento; algunos pacientes
de medicamentos de control están sometidos a retrasos mensuales en la
dispensación lo que hace que a lo largo del año no ingieran los tratamientos
completos para sus patologías, pues la fecha se va corriendo mensualmente.
Un
número importante de afiliados han decidido comprar los medicamentos, antes que
someterse a toda la tramitología de ir, hacer fila, pedir autorizaciones de
auditoria y en fin todo un sistema de cosas hechas para hacer la reclamación de
medicamentos una tarea tediosa; las esperas en la entidad para ser atendido en
la droguería central oscilan entre tres y más horas en promedio, en una
práctica de desgaste y cansancio donde el afiliado decide abandonar su
intención de reclamar.
El
contrato de prestación de servicios de salud suscrito por la entidad UT –
Magisterio Región 4 – COSMITET- No 12076 – 005 - 2012, contempla en el Apéndice
4 A – Sistema de Garantía de la Calidad en salud, todos los derechos
relacionados con la dispensación de medicamentos y que son básicamente: - Entrega inmediata sobre todo los provenientes
de servicios de urgencias y prioritaria; - Dispensación en 24 horas de
aquellos productos de baja rotación; -
Todos los medicamentos con registro INVIMA así sea en presentación comercial
están incluidos y la obligación de la entidad de tener en Armenia dos
droguerías para cubrir el servicio las 24 horas del día, incluyendo fines de semanas y festivos.
b). Otra de las dificultades está
referida a la oportunidad en la citas por las diferentes especialidades, cuyo
argumento más socorrido para obviar la programación de la cita es la falta de
agenda, las cuales fueron inclusive eliminadas del régimen subsidiado.
En
el periodo que analizamos podemos visualizar como se comportó el tema de citas
con especialistas así:
Ítem
|
PQR - Febrero
|
PQR - Marzo
|
PQR - Abril
|
Total
|
%
|
Dermatología
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Otorrinolaringología
|
1
|
|
1
|
2
|
1,0%
|
Pediatría
|
2
|
1
|
|
3
|
1,4%
|
Gastropediatría
|
2
|
|
|
2
|
1,0%
|
Gastroenterología
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Cirujano gástrico
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Oftalmología
|
|
1
|
1
|
2
|
1,0%
|
Ortopedia
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Psicología
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Psiquiatría
|
4
|
2
|
1
|
7
|
3,3%
|
Neumólogo
|
1
|
|
|
1
|
0,5%
|
Cirujano de cuello
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Fisiatría
|
|
|
1
|
1
|
0,5%
|
Electrofisiólogo
|
|
1
|
1
|
2
|
1,0%
|
Medicina Familiar
|
|
1
|
|
1
|
0,5%
|
Estas
quejas representan un 13,2% de los incumplimientos al contrato de salud, de las
recepcionadas por Equipo docente en
salud y están referidas a que no hay agenda, a la falta de programación de
la cita, al cambio del médico tratante y el servicio por fuera de la región[2];
esto sucede pese a que el contrato No 12076 – 005 - 2012, contempla en el
Apéndice 4 A – Sistema de Garantía de la Calidad en salud, de forma clara los tiempos de que dispone la
entidad para programar y ejecutar la cita solicitada y las condiciones para
ofrecerla dentro de la región y el
derecho a la continuidad del médico tratante.
Igual
que en el tema de medicamentos, varios afiliados se ven expuestos a que los
controles con los especialistas no se desarrollen en los tiempos ordenados por
éstos, si no en los que programe la entidad, retardando los diagnósticos,
tratamientos y por ende la recuperación de la salud.
Por otra
parte es importante indicar que la entidad UT MAGISTERIO REGION 4 – COSMITET
LTDA, cuando licitó el actual contrato ofertó el servicio del INSTITUTO ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL - IMES CLINICA EL
PRADO, en la página 149 de la OFERTA DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS – FORMATO 8 C,
el servicio de psiquiatría entre otros.
Para
que la UT, en el caso de COSMITET pueda cambiar de proveedor deberá tener la
aprobación de la FIDUCIARIA LA PREVISORA, pues así lo indica el mismo contrato:
APENDICE 2 A – RED DE SERVICIOS
RED DE SERVICIOS PARA EL PLAN DE ATENCIÓN EN SALUD
PARA EL MAGISTERIO
La red solicitada y ofertada estará conformada por
prestadores de servicios de salud (sedes, IPS y profesionales independientes)
que cumplen con los requisitos de habilitación establecidos por la Ley y por el
presente Pliego de Condiciones y será de obligatorio cumplimiento desde el
momento mismo en que se inicie la ejecución del contrato.
En tal virtud, para efectuar cualquier modificación a
la misma deberá demostrarse que la nueva unidad reúne, como mínimo, los mismos
requisitos de la presentada inicialmente. Por lo anterior, el contratista no
podrá prestar los servicios de salud con Unidades de Prestación de Servicios
(UPS) diferentes de las ofrecidas, sin previa autorización expresa y escrita de
FIDUPREVISORA S.A., salvo caso de fuerza mayor, que deberá ser demostrada y
solo mientras se da curso a la misma, so pena de la imposición de sanciones y/o
multas a las que se hace referencia la minuta del contrato (Anexo B y Apéndice
1 B). (Página 4).
Hasta el cierre de este informe y pese haber
solicitado a la entidad COSMITET desde el 15 de febrero de 2017[3]
copia de la autorización recibida para modificar la red ofertada, este documento
no se nos había entregado.
c). La información recibida frente al incumplimiento
de órdenes de acción de tutela, por esta
veeduría son el 3,8 % de las quejas;
representa para los afiliados una carga adicional tener que acudir a la
jurisdicción contenciosa para que se le proteja un derecho contenido en el
contrato de salud vía acción de tutela, pero
pese a tener un fallo a favor
debe volver donde el juez para que a través de una acción incidental
obligue a la entidad a cumplir el contrato y la sentencia de tutela.
Entre
la interposición de la acción de tutela, la ejecutoria de la misma, el
cumplimiento y el incidente de desacato, pueden transcurrir 45 días calendario;
es decir, si bien este mecanismo brinda una protección importante, constituye para la entidad un término
adicional para cumplir lo que en la mayoría de los casos ya está pactado en el
contrato.
No
debería existir dilación en el cumplimiento de las órdenes dadas por los jueces
en acciones constitucionales, pues así está determinado en las obligaciones que
debe de asumir la entidad UT –Magisterio Región 4 – COSMITET:
Anexo Técnico Operativo
(…) 5. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
De conformidad con la ley 91 de 1989 y demás normas
legales y reglamentarias que rigen la materia, así como la naturaleza jurídica
del contrato a celebrarse, las responsabilidades que tendrán los contratistas
serán, entre otras, las siguientes:
(…) bb) Atender inmediatamente las ordenes consignadas
en acciones constitucionales y asumir la responsabilidad que de ellas se
desprendan, más aún, cuando las obligaciones se encuentran consignadas o
descritas en el presente contrato, en el Plan de Salud del Magisterio y en el
Pliego de Condiciones y sus Adendas.
d). La Clínica del Café ha representado para el
magisterio en los últimos años una dificultad adicional, pues allí se prestan
los servicios de urgencias y otros; dicha clínica tiene un alto número de
usuarios, además de alta demanda de los servicios del SOAT.
Esta clínica ha sido referida en ítems como demoras:
para asignar habitación, de realización de exámenes a usuarios hospitalizados, en
la atención por el servicio de urgencias o prioritaria y en la atención de
especialistas en el servicio de hospitalización, entre otras.
La otra entidad que está habilitada para el magisterio
es la ESE San Juan de Dios de Armenia, pero se presentan dificultades para que
dicha ESE preste los servicios sin limitaciones, por situaciones del pasado
como son referidas a la demora de las autorizaciones o inclusive de negación de
las mismas.
e). El suministro de lentes se ha
tornado en una dificultad que hoy representa un 3,3% de las quejas; ésto se
debe a que la Óptica las Gafas en su receta incorpora unos elementos
adicionales que según ellos son opcionales y que terminan generando unos
COPAGOS en términos de lentes y de marcos.
Es
importante saber que el actual contrato de prestación de servicios de salud,
reconoce la responsabilidad en la dificultad del servicio no en el
subcontratado (Óptica las Gafas) sino en contratante es decir COSMITET.
Los
docentes tienen derecho acceder a lentes de contacto y lentes las veces que el
médico tratante lo ordene y por concepto de marcos a un subsidio del 10% de un
smlmv una vez por la vigencia del contrato.
La
entidad COSMITET insiste solo en recetar lentes bifocales, negando la
posibilidad de acceder a lentes progresivos, pese a que no están excluidos del
contrato.
f). Otro grupo de quejas no menos
importante, representan un 18,8% de las deficiencias presentadas que están
relacionadas con odontología, biopsia, UCI, radiografías, endoscopia gástrica,
fallas en el sistema, libre elección dentro de la red ofertada, no suministro
de calzado ortopédico, no pago de reembolsos, falla en un diagnóstico de CA de
mama, entre otras; son de por sí fallas importantes porque afectan a maestros o
beneficiarios los cuales les asiste el derecho acceder con calidad y
oportunidad en la atención en salud.
Las
quejas constituyen conforme a lo anterior una herramienta importante de cara a:
a). Poner en evidencia las falencias en el cumplimiento del contrato y por ende
de la plena garantía de la seguridad social en especial la salud y salud
laboral; b). Encontrar solución a problemáticas puntuales o colectivas que de otra
forma no tendrían la posibilidad de solución y c). Visibilizar y hacer memoria
sobre la vulneración del derecho colectivo e individual del derecho a la salud.
Se
adjunta: CD con las quejas del período analizado.
Atentamente:
Original
firmado.
HÉCTOR E LEAL A. ROSSI GONZALEZ M. WILLIAM RUBIO LÓPEZ
Presidente Secretaria Vocal
DESCARGUELO:
[1] Las quejas son
enviadas vía correo electrónico a la Unión Temporal Magisterio Región 4 –
COSMITET, Fiduciaria la Previsora, Ministerio de Educación Nacional, Secretaria
de Salud del Quindío y al quejoso cuando este nos ha suministrado el correo.
[3] PQR No 096 de
febrero 15 y No 129 de abril 09 de 2017.
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