Apuntes
No 1
Un
modelo de educación para tiempo de emergencia
“La mera educación virtual sin
encuentro físico constante, despersonaliza la labor docente y vacía de
contenido y afecto el acto pedagógico, el cual es esencialmente humano e
intencionalmente político”.
Ocurrido el terremoto
del eje cafetero del 25 de enero de 1999 inmediatamente el Ministerio de
Educación trató de implementar en la zona del desastre el “colegio completo”,
era una reconfiguración pedagógica, ideológica,
financiera y administrativa de la educación en una zona específica del país,
para luego ser aplicada a nivel nacional. Con los análisis del dirigente
sindical Jhon Jairo Ocampo, quien desnudó la intención, se dio inicio al
proceso de movilización regional y el MEN se vio obligado a postergarlo;
intención que a la postre se convirtió en el acto legislativo 01 de 2001, la
ley 715 de 2001 y el decreto ley 1278 de 2002, entre muchas normas. Dicha
reforma (que fue fiscal) en términos generales le ha generado un “ahorro en
desarrollo humano regional” al Estado Colombiano al pasar de una transferencia
de un 40% ICN[1]
a un 28%[2] y
más de 15 años donde el magisterio no se movilizó.
Sin duda que la nueva
realidad del COVID 19 es un reto para el Gobierno Nacional, los sindicatos del
magisterio, los maestros, la comunidad
educativa y la sociedad en general; en este marco de protección a la salud,
pero también de la educación de los niños – adolescentes, se debe ser imaginativos y cuidadosos de la
legislación que se emita, la cual no debe apuntar a la profundización de la reforma educativa, pues
el último estadio que falta es la “plantelización”[3] y
la certificación a cualquier municipio que lo solicite.
Claros en lo que no
debe ser la nueva realidad educativa en tiempos de covid19 y poscovid19, es
preciso indicar unos primeros esbozos en lo pedagógico, administrativo y
financiero de la educación:
En lo Pedagógico:
Paulo Freire en su
texto el grito manso dice “no es posible ejercer la tarea educativa sin
preguntarnos, como educadores y educadoras, cuál es nuestra concepción del
hombre y de la mujer”, “que pienso de mí mismo y de los otros”; este
planteamiento nos debe situar por lo menos en varios interrogantes; ¿para qué
educamos? y ¿para quién educamos?
Esta pandemia dejó
claro que muchas de las competencias que creíamos necesarias y poderes políticos
que se defendían, deben ir de recogida; porque
es sencillo, no fueron útiles para afrontar
este desafío de la humanidad; ésto nos debe llevar a revisar el tema ético –
moral y releer en las ciencias naturales:
(el medio ambiente, el cambio climático, el agua, la minería, el fracking); en las
ciencias sociales: (la paz, la justicia, la memoria, la concentración de la riqueza, el poder, los
derechos humanos, las emociones, proyecto de vida colectivo e individual); en la
artística: (la admiración por lo bello, lo nuestro, lo autóctono); la educación
física: (el cultivo de cuerpo,
habilidades físicas y mentales), dentro de un ambiente crítico, que privilegie la esperanza sobre la
desesperanza, Freire lo decía: “el mundo
se salva si todos, en términos políticos peleamos para salvarlo”.
Esa interrelación cara
a cara entre maestro y estudiante es irremplazable, Freire lo dijo: “no hay
situación educativa sin la figura del
profesor y del alumno que se encuentran en cierto espacio a lo largo de cierto
tiempo docente”; la virtualidad[4]
podrá suplir transitoriamente la ausencia del maestro (donde alcance a llegar),
pero no podrá erigirse en una constante sin sacrificar el aspecto de la
formación humana relacional y del valor que atañe el contacto con el otro (la
otredad), en un ámbito tan esencial para
el ser humano como es la formación y la educación; la mera
educación virtual sin encuentro físico constante, despersonaliza la labor docente y vacía de
contenido y afecto el acto pedagógico,
el cual es esencialmente humano e
intencionalmente político.
En términos generales
el Ministerio de Educación tiene una visión de familias funcionales con cierto
nivel de estabilidad económica, con algo de formación académica, que pueden
estar confinados de forma cordial, con
buena alimentación, en un ambiente donde recibir la educación virtual o los
documentos de estudio del maestro son un complemento necesario; familias
ideales que en buena parte no existen en la educación pública que atiende el
magisterio colombiano; de ahí que arrebatarle al MEN la autonomía curricular
despojada a los colegios y escuelas se vuelve una necesidad de supervivencia.
En lo Administrativo
El modelo de control
autoritario impuesto a la educación
desde la ley 715 de 2001, con el énfasis en la toma de decisiones unipersonales,
el desmonte de la institucionalidad docente[5], las evaluaciones (de periodo de prueba, de
desempeño anual y de ascenso y reubicación), además de la rendición de cuentas
en que se ha convertido las pruebas SABER, dan cuenta someramente de la dirección
vertical que tiene hoy la escuela, despojada a propósito del carácter deliberante y democrático que
debe tener el entorno escolar, que si bien tiene varios espacios de decisión
esto per se no es sinónimo de democracia; se debe derogar y/o modificar todas
estas instancias que no garantiza la toma real de decisiones libres al interior
de las escuelas y colegios, en muchas ocasiones convertidas en avalistas de la
política educativa.
El diseño de los
contenidos curriculares no debe seguir siendo una tarea del Ministerio de
Educacional, ni de las editoriales (Santillana y norma, entre otras); por eso los estándares, los DBA,
las mallas de aprendizaje, el día E, son un asalto a la autonomía escolar y la
libertad de cátedra, debe retornarse la capacidad a los consejos académicos y
directivos para organizar sus planes de estudio, contenidos, metodologías e
indicadores de desempeño, que refleje en
gran medida lo que ocurre en cada contexto, esto va a requerir un personal
docente – directivo más pedagógico que administrativo.
En este nuevo contexto
debe desaparecer la jornada única y debe volverse a la doble jornada para
garantizar la dispersión de los estudiantes en dos jornadas escolares, los
grupos que hoy son hasta de 40 estudiantes deben bajar a niveles máximo de 18 -
20, para asegurar una baja concentración
de estudiantes por aula escolar y un entorno donde se evite a lo máximo la
proximidad entre los estudiantes, además de que contribuirá a mejorar los
desempeños académicos (por la atención más personalizada); se va a
requerir el nombramiento de nuevos
maestros al bajarse notoriamente la relación estudiante – docente, y avanzarse
en la creación en las escuelas y
colegios de los espacios de enfermería y elevar el número de docentes de psicorientación y de aula de apoyo.
Igualmente se deberá
volver a jornadas de cinco horas para primaria, cuatro horas para preescolar y
seis o seis y media para media – técnica, descanso incluido dentro de la
jornada académica, jornada laboral de cinco o seis horas y periodo vacacional
anual docente de 14 semanas para garantizar unos mayores niveles de descanso y
disminución de la exposición al riesgo laboral del COVID19.
En lo Financiero
La Constitución
Política de 1991 vuelve a introducir la figura del situado fiscal en los art.
356 y 357, como una parte de los ingresos corrientes de la nación cedido a
departamentos y municipios para financiar educación y salud, entre otros
sectores sociales, a través de un esquema denominado subsidio a la oferta.
Con la reforma a la
Constitución del año 2001[6] y
reglamentada a través de la ley 715 de 2001, se pasa al subsidio a la demanda que
es la focalización de “servicios” (no derechos) en los más pobres; los recursos
por gratuidad que llegan a los colegios son una forma de subsidio a la demanda
al igual que la asignación de maestros conforme al número de estudiantes.
El nuevo esquema
resultante de esta emergencia es un replanteamiento de la forma como se debe
financiar la educación pública y ésto es por lo menos, volver a los subsidios a la oferta de forma inmediata,
mientras se consensua la reforma estructural al sistema general de
participaciones; lo cual equivale a que se hace necesario un estado social más
fuerte y el fin de las políticas neoliberales que en todos los sectores
sociales, demostró su enorme incapacidad para ofrecer derechos, ya el FMI reconoce la necesidad de una
intervención fuerte del Estado de forma transitoria[7],
abriendo el debate sin proponérselo, de lo ineficaz que es el mercado para
garantizar derechos a los ciudadanos.
Lo pedagógico,
administrativo y financiero que hoy caracterizan a la educación colombiana, no
pueden seguir iguales en la pandemia y después de superada la crisis, porque
tiene la inmensa tarea de preparar al ciudadano para afrontar el presente y el
futuro que encarna la existencia de la humanidad.
HÉCTOR
ELÍAS LEAL ARANGO
Secretario
de seguridad social y asuntos laborales del SUTEQ
Abril 02 de 2020
DESCARGUE: https://drive.google.com/open?id=1HTlEw9p_z_iL2AWeATklccpeuS8HZrQ3
[1]
Ingresos corrientes de la nación.
[2]https://www.contraloria.gov.co/documents/20181/452124/Efecto+redistributivo+del+Sistema+General+de+Participaciones+Resultados+y+perspectivas+en+los+sectores+de+Salud+y+Educación-2017.pdf/9651f816-62f3-4a17-8899-94cef6a8d971?version=1.0
[3] Competencia total a los consejos
directivos para contratar docentes, pagar la nómina, ascender entre muchas
facultades.
[4] En el año 2017 para la
total cabecera, el 51,5% de los hogares poseía computador de escritorio,
portátil o tableta, el 57,9% de los hogares en cabeceras poseía conexión a
Internet - https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/tic/bol_tic_hogares_2017_v2.pdf
[5]
Juntas de escalafón, disminución de las funciones de los comités regionales de
prestaciones entre otras.
[6] Acto legislativo 01 de 2001 se elimina
transitoriamente la figura de situado fiscal, por un término de 8 años, luego
el acto legislativo No 04 de 2007 extendió la transición hasta el año 2016, se
aprobó la ley 1176 de 2007 que modificó algunos artículos de la ley 715 de
2001. A partir del año 2017, se aplicará la fórmula donde el monto de los
recursos crecerá anualmente a una tasa igual al promedio de la variación
porcentual que hayan tenido los INC durante los cuatro años anteriores.
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